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C.D.U.: 692.4
Tejados
Toitures
Tile roof
DECISIÓN NÚM. 561/10
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA CONSTRUCCIÓN EDUARDO TORROJA,
-
en virtud del Decreto nº 3.652/1963, de 26 de diciembre, de la Presidencia del Gobierno, por el que se
faculta al Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja, para extender el DOCUMENTO DE
IDONEIDAD TÉCNICA de los materiales, sistemas y procedimientos no tradicionales de construcción
utilizados en la edificación y obras públicas, y de la Orden nº 1.265/1988, de 23 de diciembre, del
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, por la que se regula su
concesión,
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considerando el artículo 5.2, apartado 5, del Código Técnico de la Edificación (en adelante CTE) sobre
conformidad con el CTE de los productos, equipos y sistemas innovadores, que establece que un sistema
constructivo es conforme con el CTE si dispone de una evaluación técnica favorable de su idoneidad para
el uso previsto,
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considerando las especificaciones establecidas en el Reglamento para el Seguimiento del DIT del 28 de
octubre de 1998,
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considerando la solicitud formulada por la empresa Cerámica VEREA S.A., para la concesión de un
DOCUMENTO DE IDONEIDAD TÉCNICA al
Sistema de tejados VEREA S SYSTEM,
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en virtud de los vigentes Estatutos de l’Union Européenne pour l’Agrément technique dans la construction
(UEAtc),
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teniendo en cuenta los informes de visitas a obras realizadas por representantes del Instituto de Ciencias
de la Construcción Eduardo Torroja, los informes de los ensayos realizados en el IETcc, así como las
observaciones formuladas por la Comisión de Expertos, en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2010,
DECIDE:
Conceder el DOCUMENTO DE IDONEIDAD TÉCNICA número 561/10, al
Sistema de tejados VEREA S
SYSTEM
, considerando que,
La evaluación técnica realizada permite concluir que el Sistema es
CONFORME CON EL CÓDIGO
TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN,
siempre que se respete el contenido completo del presente documento y en
particular las siguientes condiciones:
El DOCUMENTO DE IDONEIDAD TÉCNICA constituye, por definición, una apreciación técnica favorable por parte del Instituto de
Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja, de la aptitud de empleo en construcción de materiales, sistemas y procedimientos no
tradicionales destinados a un uso determinado y específico. No tiene, por sí mismo, ningún efecto administrativo, ni representa
autorización de uso, ni garantía.
Antes de utilizar el material, sistema o procedimiento al que se refiere, es preciso el conocimiento integro del Documento, por lo que
éste deberá ser suministrado, por el titular del mismo, en su totalidad.
La modificación de las características de los productos o el no respetar las condiciones de utilización, así como las
observaciones de la Comisión de Expertos, invalida la presente evaluación técnica.
MUY IMPORTANTE